Polonia está de nuevo lista para recibir a los turistas. No lo dudes y ven. Este año el tiempo es estupendo. Los hoteles, restaurantes, monumentos y zonas de descanso están preparados. Por supuesto, existen restricciones, léalas atentamente.
TODAS LAS RESTRICCIONES EN POLONIA
RESTRICCIONES DE CIRCULACIÓN
1,5 METROS - DISTANCIA MÍNIMA ENTRE PEATONES
Es obligatorio mantener una distancia mínima de 1,5 metros entre peatones.
Las siguientes personas están exentas de la restricción:
- padres con hijos que requieren cuidados (menores de 13 años),
- personas que viven en un mismo hogar o lo gestionan conjuntamente,
- personas discapacitadas, personas incapaces de desplazarse por sí mismas, personas con una declaración de necesidades educativas especiales y sus cuidadores.
CUBRIRSE LA BOCA Y LA NARIZ SÓLO CON UNA MASCARILLA EN ESPACIOS PÚBLICOS
Es obligatorio taparse la boca y la nariz en lugares como:
- en autobuses, tranvías y trenes,
- en tiendas, centros comerciales, bancos, mercados y oficinas de correos
- en cines y teatros,
- en consultorios médicos, ambulatorios y hospitales, salones de masajes y tatuajes
- en iglesias, escuelas y universidades,
- En las oficinas gubernamentales (cuando se acude a ellas para tramitar determinados asuntos) y otros centros cívicos.
¿Dónde no es obligatorio taparse la boca y la nariz?
En bosques, parques, plazas verdes, jardines botánicos, jardines históricos, huertos familiares comunitarios y en las playas, así como durante los desplazamientos en vehículo privado.
Importante La exención de la obligación de cubrirse la boca y la nariz se limita únicamente a las personas que dispongan de un certificado médico o de un documento que lo confirme:
- un trastorno generalizado del desarrollo,
- un trastorno mental,
- discapacidad intelectual moderada, severa o profunda,
- dificultades para destapar la boca o la nariz por sí solos.
Cubrirse la boca y la nariz en los espacios públicos es obligatorio en todo el país.
Importante. Sólo puede utilizar una mascarilla para cubrirse la boca y la nariz. Las bufandas o los protectores faciales no están permitidos porque no cumplen su función principal, que es proteger contra el virus.
Normas para los viajeros procedentes de los Estados miembros de la UE, del espacio Schengen y de Turquía que llegan a Polonia
Independientemente del medio de transporte utilizado (colectivo, individual o al cruzar la frontera a pie), los viajeros están sujetos a una cuarentena de 10 días a la entrada, a menos que cumplan una de las siguientes condiciones:
- están completamente vacunados con todas las dosis de vacuna requeridas y han transcurrido 14 días desde que se les administró la última dosis (a contar desde el día siguiente a la fecha de la última vacunación). La vacunación debe acreditarse mediante el certificado COVID digital de la UE u otro documento, en polaco o inglés, que confirme la vacunación con una vacuna autorizada en la Unión Europea,
- que hayan estado infectados por el virus del SRAS-CoV-2 (los llamados convalecientes), a más tardar 6 meses antes del día de cruce de la frontera polaca. Los convalecientes deben presentar un documento que confirme que efectivamente han sido infectados, expedido en polaco o inglés; entre los documentos aceptables figura el certificado digital COVID de la UE,
- presentan un resultado negativo de la prueba COVID-19, confirmado con un certificado COVID de la UE u otro documento en polaco o inglés. Esta prueba debe realizarse como muy pronto 48 horas antes de cruzar la frontera.
- son niños menores de 12 años que viajan bajo la supervisión de adultos vacunados contra la COVID19 o tienen un resultado negativo en la prueba de la COVID-19,
- están sujetos a otras exenciones enumeradas en el Art. 3 del Reglamento del Consejo de Ministros de 6 de mayo de 2021 sobre el establecimiento de determinadas restricciones, órdenes y prohibiciones en relación con la aparición de una epidemia.
Los viajeros que hayan estado en cuarentena pueden someterse a una prueba en las 48 horas siguientes al cruce de la frontera, y un resultado negativo les libera de la cuarentena:
- Tipo de prueba: RT-PCR o antígeno, realizada por un laboratorio incluido en la lista de laboratorios COVID https://www.gov.pl/web/zdrowie/lista-laboratoriow-covid
- Las pruebas no se financian con fondos públicos.
Las normas anteriores se aplican a los viajeros de:
- Estados miembros de la Unión Europea: Austria, Bélgica, Bulgaria, Croacia, Chipre, República Checa, Dinamarca, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, España, Países Bajos, Irlanda, Lituania, Luxemburgo, Letonia, Malta, Alemania, Portugal, Rumanía, Eslovaquia, Eslovenia, Suecia, Hungría e Italia,
- 4 países no pertenecientes a la UE que forman parte del Espacio Schengen: Suiza, Islandia, Noruega y Liechtenstein,
- de Turquía, con la que se ha celebrado un acuerdo especial.
Normas para los viajeros procedentes de fuera de la Unión Europea, del espacio Schengen y de Turquía que llegan a Polonia
Independientemente del medio de transporte utilizado (colectivo, individual o al cruzar la frontera a pie), los viajeros están sujetos a una cuarentena de 10 días a la entrada, a menos que cumplan una de las siguientes condiciones:
- están completamente vacunados con todas las dosis de vacuna requeridas y han transcurrido 14 días desde que se les administró la última dosis (a contar desde el día siguiente a la fecha de la última vacunación), y su vacunación está certificada por el certificado COVID digital de la UE u otro documento, en polaco o en inglés, que confirme la vacunación con una vacuna autorizada en la Unión Europea,
- son niños menores de 12 años que viajan bajo la supervisión de adultos vacunados contra la COVID19,
- que hayan estado infectados por el virus del SRAS-CoV-2 (los llamados convalecientes), a más tardar 6 meses antes del día de cruce de la frontera polaca. Los convalecientes deben presentar un documento que confirme que efectivamente han sido infectados, expedido en polaco o inglés; entre los documentos aceptables figura el certificado digital COVID de la UE,
- están sujetos a las exenciones enumeradas en el Art. 3 del Reglamento del Consejo de Ministros de 6 de mayo de 2021 sobre el establecimiento de determinadas restricciones, órdenes y prohibiciones en relación con la aparición de una epidemia.
Los viajeros que hayan estado en cuarentena en Polonia pueden someterse a una prueba -como muy pronto el octavo día, a contar desde el día siguiente al cruce de la frontera- cuyo resultado negativo les libera de la cuarentena. Al calcular el periodo de cuarentena de 7 días, cuya expiración da derecho a los viajeros a someterse a una prueba diagnóstica al octavo día, no se tiene en cuenta el día de cruce de la frontera polaca).
Nota: Las personas que permanezcan en el territorio de la República de Polonia durante un máximo de 24 horas y dispongan de un billete que confirme su salida al extranjero dentro de este periodo no están sujetas a cuarentena.
Formularios de localización de pasajeros
A partir del 17 de julio, toda persona que cruce la frontera estatal de la República de Polonia en avión deberá rellenar un formulario electrónico de localización de pasajeros a través del sistema TIC antes de facturar y, si no es posible, rellenar un formulario de localización de pasajeros en papel facilitado por la tripulación de cabina.
El responsable del tratamiento de los datos es el inspector sanitario del distrito estatal competente para el lugar de residencia o estancia del viajero.
Certificado digital COVID de la UE
El certificado COVID digital de la UE lo expide el Ministerio de Sanidad. Los certificados de vacunación se expiden del siguiente modo:
1. en formato electrónico,
2. en papel,
- por entidades que proporcionan vacunación contra COVID-19,
- por un médico de atención primaria o una enfermera de atención primaria.
VIDA SOCIAL
ACTOS CULTURALES - RESTRICCIONES
Museos y galerías de arte
Los museos y galerías de arte están abiertos y pueden funcionar bajo un estricto régimen sanitario. Está en vigor un límite de 1 persona por cada 10 m2.
Cines han reanudado sus actividades tanto en el exterior como en el interior. Operan bajo un estricto régimen sanitario a no más de 75% de ocupación. Es obligatorio llevar mascarillas que cubran la boca y la nariz.
Teatros, óperas y filarmónicas
Al aire libre:
Los teatros, óperas y salas filarmónicas han reanudado sus actividades al aire libre. Funcionan bajo un estricto régimen sanitario de no más de 75% de ocupación. No se permiten más de 250 asistentes.
Esta cifra no incluye a las personas vacunadas contra COVID-19.
En el interior:
Los teatros, óperas y salas filarmónicas han reanudado su actividad bajo techo. Funcionan bajo un estricto régimen sanitario con una ocupación máxima de 75%. Los organizadores de eventos deben velar por que se respete el límite de 1 persona por cada 10 m2. Es obligatorio el uso de mascarillas que cubran la boca y la nariz.
Centros culturales y comunitarios
Los centros culturales y comunitarios pueden realizar actividades tanto al aire libre como en el interior, siempre que el número de asistentes no supere las 15 personas y se mantenga una distancia de 1,5 m entre ellos, y que los participantes cumplan con el requisito de taparse la boca y la nariz.
Conciertos y espectáculos de circo
Se han reanudado las actividades de conciertos en interiores en las siguientes condiciones:
- no podrán ponerse a disposición de los telespectadores u oyentes más de 75% de asientos,
- debe mantenerse una distancia de 1,5 m entre los espectadores u oyentes, y si no hay asientos designados, debe respetarse un límite de 1 persona por cada 10 metros cuadrados,
- garantizar que los espectadores u oyentes cumplan la obligación de taparse la boca y la nariz.
Se pueden organizar conciertos y espectáculos de circo al aire libre en las siguientes condiciones:
- no podrán ponerse a disposición de los telespectadores u oyentes más de 75% de asientos,
- deberá mantenerse una distancia de 1,5 m entre los espectadores u oyentes y, si no se dispone de asientos designados, deberá respetarse un límite de 1 persona por cada 15 metros cuadrados; además, no se permitirán más de 250 asistentes. Las personas vacunadas contra el Covid-19 no contarán para el límite.
- garantizar que los espectadores u oyentes cumplan la obligación de taparse la boca y la nariz.
Entretenimiento - Parques de atracciones al aire libre
Los parques de atracciones al aire libre pueden reanudar su actividad con una ocupación de hasta 75%.
TRANSPORTE PÚBLICO
Los vehículos de transporte público pueden ser abordados por un número limitado de personas.
Todos los medios de transporte público de Polonia sólo podrán poner a disposición de los pasajeros 100% de asientos.
CEREMONIAS RELIGIOSAS
También recomendamos que todas las ceremonias se celebren al aire libre.Thay un límite en los lugares de culto religioso - un máximo. 75% del aforo completo.
Importante En las iglesias y lugares de culto es obligatorio taparse la boca y la nariz.
El límite no se aplicará a las personas totalmente vacunadas contra COVID-19.
ENCUENTROS Y REUNIONES
REUNIONES
Hasta 150 personas pueden participar en una reunión pública al mismo tiempo. Los participantes deben mantener una distancia de 1,5 m entre sí. Además, la distancia entre las reuniones individuales debe ser de al menos 100 m.
REUNIONES
En los actos y reuniones pueden participar hasta 150 personas, ya sea al aire libre, en el interior o en zonas gastronómicas designadas. Deberá mantenerse una distancia entre mesas individuales (solo podrán ocuparse una mesa sí y otra no, con una distancia de 1,5 m entre mesas -a menos que haya una mampara entre ellas con una altura mínima de 1 m, contando desde la superficie de la mesa-).
Esta cifra no incluye a las personas vacunadas contra COVID-19.
CLUBES NOCTURNOS, DISCOTECAS Y OTROS LUGARES PARA BAILAR
Los clubes nocturnos, discotecas y otros locales de baile reanudaron sus actividades. Se aplicará el límite de máx. 150 personas. Este número no incluye a las personas vacunadas contra COVID-19.
FERIAS, EXPOSICIONES, CONGRESOS Y CONFERENCIAS
Se pueden organizar ferias, congresos y conferencias siempre que se respete el límite de 1 persona por cada 10 m2.
CENTROS COMERCIALES Y TIENDAS DE GRAN FORMATO
Están abiertos los centros comerciales y las tiendas de bricolaje y muebles. Se les permite operar bajo un estricto régimen sanitario, con un límite de 1 persona por cada 10 m2.
GASTRONOMÍA
Los establecimientos gastronómicos funcionan bajo un estricto régimen sanitario con una ocupación máxima de 75%. Se debe mantener una distancia entre las mesas individuales.
HOTELES RESTAURANTES
Los restaurantes de hotel funcionan bajo un estricto régimen sanitario con una ocupación máxima de 75%. Se debe mantener una distancia entre las mesas individuales.
HOTELES
Los hoteles han reanudado su actividad. Está en vigor un límite de ocupación de 75%.
El límite no se aplicará a las personas totalmente vacunadas contra COVID-19 ni a los grupos organizados de niños y adolescentes menores de 12 años.
